17 abr 2014

jueves, abril 17, 2014

Esto son los casos en que empleados pueden ausentarse. Además los jefes deben asegurar condiciones laborales seguras.


DiarioPyme
A raíz de la terrible catástrofe que se vive en la ciudad del Valparaíso, el ministerio del Trabajo y Previsión Social, recordó cuáles son los derechos y deberes que tienen los trabajadores en situaciones como éstas.

Asistencia
En primer lugar, cualquier trabajadores que esté sufriendo secuelas humanas o materiales, que le obliguen a permanecer con su familia o en su hogar, o que no cuente con condiciones seguras de traslado, tendrá justificación para no asistir a cumplir con sus obligaciones laborales, durante el tiempo en el que, objetivamente, se mantengan estas condiciones.

En casos más extremos, el artículo 66 del Código del Trabajo indica que cuando se muere un hijo o cónyuge, todo trabajador tendrá derecho a 7 días corridos de permiso pagado. En caso de muerte del padre o de la madre del trabajador, dicho permiso regirá por 3 días hábiles.


Además, en el caso de fallecimiento del hijo o del cónyuge, el trabajador(a) gozará de fuero laboral por un mes; en todo caso, si el trabajador tiene contrato de plazo fijo o por obra o faena, el fuero sólo lo amparará durante el tiempo que dure el contrato.

Condiciones laborales
Todo empleador deberá garantizar que las condiciones de trabajo no pongan en riesgo la vida o la integridad física del trabajador (a). Para ello, se deberá evaluar si las instalaciones de la empresa han quedado en condiciones de operar.

Asimismo, debe garantizar la existencia de condiciones mínimas de salubridad, por ejemplo, suministro de agua potable.

Si no existen dichas condiciones, el empleador incumpliría gravemente su deber de protección si obligara a sus dependientes a prestar los servicios.

Por último, y a través de un comunicado, la cartera en cuestión hizo un llamado a los empleadores "a actuar con la mayor responsabilidad, sentido común y solidaridad para quienes están sufriendo con las consecuencias de esta situación extrema".

También se recordó que ante situaciones de vulneración de derechos laborales, los trabajadores pueden acudir a las Secretarías Ministeriales Regionales en www.mintrab.gob.cl o a las oficinas de la Direcciones Regionales del Trabajo (www.dt.gob.cl) para realizar las denuncias pertinentes y evitar que este tipo de situaciones se repitan con el tiempo.

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